Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

3259

El nuevo Reglamento entrará en vigor el 1 de octubre de 2024, con trámites más sencillo y baratos. También pone el foco en las Zonas de Bajas Emisiones, que regularán los ayuntamientos.

Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos
Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

La DGT considera Vehículo Histórico aquel que cumpla al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Que fueran fabricados o matriculados por primera vez haca más de 30 años. Haber dejado de producirse su tipo específico y estar en su estado original, sin haber sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características o componentes principales. Con un correcto estado de mantenimiento y conservación.
  • Que pertenezcan al Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español.
  • Que hayan sido declarados de interés cultural y los que revistan un interés especial por alguna razón específica. Como por ejemplo haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento con trascendencia histórica. Esta categoría incluiría un procedimiento especial para vehículos de menos de 30 años aunque con un proceso más complejo.

Esta nueva regulación deja atrás la anterior de 1995, con varias lagunas y que no se adecuaba a las actuales legislaciones europeas. Logrando también un proceso más simplificado e incluso más económico.

Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos
Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

Nuevos procedimientos y clasificaciones

El nuevo reglamento simplifica la clasificación de vehículos en dos categorías: Grupo A y Grupo B.

  • Grupo A: Aquellos vehículos matriculados en España que tengan una antigüedad de al menos 30 años, que se encuentren en circulación y con su ITV en vigor.
  • Grupo B: Aquellos vehículos que no cumplan los requisitos del Grupo A, también aquellos que aunque los cumplan quieran obtener una matrícula histórica por no corresponderse la ordinaria asignada al vehículo con la de la fecha de fabricación o matriculación. Entrando en este grupo los vehículos importados, con matrícula extranjera que no tengan la ITV en vigor. Para obtener esta clasificación, sus propietarios deberán obtener un informe técnico favorable de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos (STVH) (anteriormente Laboratorios de Catalogación) antes de pasar la ITV y solicitar el permiso de circulación. Finalmente, se deberá acudir a la Jefatura de Tráfico con la documentación para finalizar el proceso y obtener la matrícula histórica.

Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

Limitaciones de uso

Los vehículos históricos tendrán un uso ocasional limitado a 96 días al año. Pudiendo circular libremente por cualquier vía pública incluso en ZBE. No pudiendo usarse para transporte público de viajeros o mercancías, ni actividades agrícolas o de obras. Aunque se autoriza en uso en exposiciones estáticas y rodajes para el cine o la publicidad. También hay limitaciones de velocidad para vehículos históricos que por diseño no dispongan de cinturones de seguridad en las plazas delanteras con un límite de velocidad de 80 km/h. Si además no puede instalar un sistema de retención infantil, no podrán viajar en él menores de edad con estatura igual o inferior a los 135 centímetros.

Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos
Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

Matrículas y distintivos

El nuevo Reglamento da priorizará la matrícula original del vehículo, tanto nacional como extranjera. Se permite recuperar la matrícula más antigua, las letras provinciales vigentes en el momento de la primera matriculación primera (GE de Gerona, PM de Islas Baleares y OR de Orense) e incluso las de antiguas provincias, como SH, usada en el Sahara español o FP, Fernando Poo, antigua provincia de la Guinea española. Desapareciendo, por tanto, la doble matriculación (ordinaria y VH). Desapareceriendo la obligación de lucir la pegatina de la ITV y el distintivo VH. Este será sustituido por un adhesivo amarillo con la letra H en negro, que se situará en el parabrisas delantero. Los vehículos de más de 60 años y los ciclomotores quedan exentos de superar la inspección técnica.

A los museos se les reconoce su labor, con la posibilidad de obtener permisos temporales (placas rojas) que les permitirá poner en carretera sus vehículos sin necesidad de tener la documentación en vigor.

Más datos de actualidad en nuestras redes socialesFacebookInstagram YouTube.