Con el comienzo de 2024, desde el 1 de Enero, los turismos sin distintivo medioambiental, es decir nivel de emisiones A, que no estén empadronados en Madrid ya no pueden acceder a Madrid. ¿Sabes cuándo esta prohibición afectará también a los camiones y furgonetas?
Camiones y vehículos comerciales sin distintivo Medioambiental
El acceso no permitido a Madrid ZBE, al igual que con las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro y Plaza Elíptica, suponía hasta el 20 de marzo de 2022 una infracción leve de tráfico y podía ser sancionada con 90 euros (45 euros si es por pronto pago). No obstante, debido a la modificación de la ley, desde el 21 de marzo de 2022, se sanciona como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros.
Limitación al acceso en Madrid también para vehículos comerciales y Camiones emisiones A
Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones. Por lo tanto los camiones y las furgonetas con motor a gasolina anterior al año 2.000 y diésel anterior al 2006 no podrán circular desde el 1 de Enero de 2025 por Madrid. Camiones y vehículos comerciales sin distintivo Medioambiental
Así, todo el término municipal se convertirá progresivamente en una zona de bajas emisiones (Madrid ZBE), conviviendo con las dos ZBE de Especial Protección que están en vigor, Distrito Centro y Plaza Elíptica, que cuentan con unos criterios de acceso más restrictivos.
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